Obligaciones de tratamiento para los RAEE.

Vigo, 19 de agosto de 2010.

La gestión de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) al final de su vida útil no es una cuestión que afecte únicamente a los gestores de residuos y recicladores. Están involucrados todos los agentes que intervienen en la cadena, desde los últimos poseedores, pasando por los transportistas, centros de almacenamiento temporal y entidades locales. Es por ello, que se han establecido a través de la legislación vigente una serie de obligaciones para cada uno de ellos.

Para facilitar su conocimiento, en revertia las hemos resumido para cada uno de los grupos responsables por los que pasa un AEE hasta su correcto tratamiento.

– OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS FINALES (Particulares): Es obligación de cada usuario final entregar los RAEE para su correcta gestión en los puntos establecidos y autorizados para tal fin. Esta operación se puede llevar a cabo de dos maneras, bien llevando los AEE a los puntos limpios de su municipio o bien entregándolo al mismo distribuidor donde fue comprado o donde se va a comprar el equipo de reemplazo. En ningún caso, este proceso podrá costarle dinero al usuario.

– OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS FINALES (empresas) : Deberán establecer procedimientos para la correcta gestión de los residuos que generen, y financiar los costes de su implementación. Podrán llegar a acuerdos voluntarios con las empresas productoras para el reparto de los costes de dicha operativa.

– OBLIGACIONES DE LOS DISTRIBUIDORES: Deben habilitar espacio en sus instalaciones para la recepción de los residuos entregados por los usuarios finales al sustituir sus aparatos por equipos nuevos. Deben también asegurar la correcta gestión de estos residuos a través de gestores autorizados.

– OBLIGACIONES DE LOS PRODUCTORES: Los productores de AEE tiene la obligación de garantizar la recogida selectiva, así como la correcta gestión ambiental de los residuos que generen sus productos. Esto implica sufragar los costes de dicha recogida selectiva. Además, están obligados a garantizar unos objetivos mínimos de recogida, valorización, reutilización y reciclado.

– OBLIGACIONES DE LAS INSTALACIONES DE TRATAMIENTO: Éstas deberán procesar adecuadamente los RAEE. En los establecimientos para el almacenamiento deberán disponer de zonas cubiertas, superficies impermeables, capacidad para la recogida de derrames e incluso decantadores si procediese. En los establecimientos para el tratamiento será necesaria el empleo de básculas, el acondicionamiento con pavimento impermeable, un correcto almacenamiento para las piezas desmontadas, el uso recipientes apropiados para pilas, condensadores de PCB o PCT…, y equipos para el tratamiento de aguas.

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