El 15 de agosto pasado entró en vigor la nueva clasificación de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que queda reducida a 7 categorías en lugar de las 10 existentes hasta el 14 de agosto. A continuación, se indica cuáles son los tipos de RAEE que pasan a formar parte en esta nueva clasificación:
- Aparatos de intercambio de temperatura.
- Monitores, pantallas y aparatos con pantallas de superficie superior a los 100 cm².
- Lámparas.
- Grandes aparatos (con una dimensión exterior superior a 50 cm).
- Pequeños aparatos (sin ninguna dimensión exterior superior a 50 cm).
- Aparatos de informática y de telecomunicaciones pequeños (sin ninguna dimensión exterior superior a los 50 cm).
- Paneles fotovoltaicos grandes (con una dimensión exterior superior a 50 cm).
Fuente: raeeandalucia
Como es bien sabido, son los productores de AEE los que deben conseguir los objetivos de valorización de RAEE y, específicamente, para los RAEE incluidos en la fracción de recogida 6 del anexo VIII del Real Decreto 110/2015 (aparatos de informática y telecomunicaciones pequeños), el porcentaje de preparación para la reutilización se eleva al 4% desde el 15 de agosto, en lugar del 3% vigente hasta ese momento, respecto a los RAEE recogidos en esa fracción.
Por su parte, para los RAEE incluidos en las categorías de la fracción de recogida 4 del anexo VIII (grandes aparatos con una dimensión exterior superior a 50 cm), el objetivo mínimo de preparación para la reutilización pasa del 2% al 3%.